2/8/08

PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO Y LICENCIAS

El proceso formativo y las pruebas correspondientes para la obtención de los permisos, licencias y autorizaciones en la práctica se han configurado como un mero trámite, a pesar de los contenidos y conocimientos concretos que, según la norma que lo regula, el conductor ha de acreditar para obtener dicha autorización. Prima la importancia social del vehículo sobre la seguridad en la circulación.

Por ejemplo, a pesar de ser los vehículos más numerosos en el escenario del tráfico, para obtener el permiso de conducir de la clase B, solo es necesario acreditar que se tiene un conocimiento teórico básico y un conocimiento también básico en cuanto al manejo del vehículo, o para obtener la licencia de conducir ciclomotores, que es el titulo mas demandado por los más jóvenes, prácticamente solo se exige el conocimiento superficial de un número limitado de normas sin que sea precisa la acreditación de la capacidad para conducirlos. Creo que “saber conducir”, debería significar tener un conocimiento amplio de las normas que regulan la circulación y de como adecuar el comportamiento ante las distintas exigencias del tráfico; tener un conocimiento suficiente sobre los elementos de seguridad activa y pasiva con los que cuenta el vehículo y como utilizarlos adecuadamente, es decir, tener un mayor conocimiento de la máquina que vamos a manejar y de cómo hacer un uso correcto de dichos elementos; tener conocimientos y aptitudes para saber reaccionar y comportarse ante situaciones inesperadas, estresantes y peligrosas, o ante condiciones ambientales adversas. Prácticamente ninguno de estos conocimientos y aptitudes son exigidos en las pruebas para la obtención de la autorización.

En cuanto a los reconocimientos médicos, tal y como se vienen realizando, son un mero trámite más dentro de todo el proceso de obtención o de renovación de los permisos y licencias de conducir. En los centros autorizados para realizar este tipo de reconocimientos difícilmente se van a detectar enfermedades o disfunciones físicas o psíquicas que inhabiliten para la conducción, dado que, en el mejor de los casos, dichos reconocimientos se limitan a un examen somero sobre la capacidad visual y, en su caso, auditiva, sobre presión arterial y sobre aptitud perceptivo motora.





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