4/5/10

EL REGLAMENTO DE VEHÍCULOS SUPRIME LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR LUCES DE REPUESTO

Desde el pasado 24 de enero no es obligatorio llevar un juego de lámparas de repuesto. Además, la modificación del Reglamento de Vehículos incluye otros cambios.
Los cambios incluidos en la modificación del Reglamento General de Vehículos afectan especialmente al transporte de mercancías y de pasajeros, a las grúas de auxilio en carretera, a algunos ciclomotores y motos y uno más universal, que afecta a todos los conductores, porque suprime la obligación de llevar un juego de luces de repuesto, ya que actualmente a casi ningún vehículo se le pueden cambiar fuera de un taller.

No obstante, como advierte la Dirección General de Tráfico, este hecho no exime de mantener la iluminación en perfectas condiciones. Si se estropea en marcha, el conductor deberá avisar a asistencia en carretera para subsanar el problema o enviarlo a reparar. De lo contrario, si no circula en condiciones de seguridad, podrá ser sancionado. La regulación sobre accesorios y repuestos entró en vigor el pasado 24 de enero. El resto, que le referimos a continuación, lo hará a partir del 23 de julio del presente año.

Respecto a las señales, la modificamodificación regula la V-1, de vehículo prioritario (policía, bomberos, protección civil, ambulancias), y V-2, de obstáculo en la vía, que podrá ser utilizada por cualquier vehículo que realice obras o servicios o circule a una velocidad anormalmente reducida. Se especifican las características técnicas y de colocación de las señales V-21 (cartel avisador de acompañamiento de vehículo especial), V-22 ( de acompañamiento de ciclistas), y V-23 ( distintivo de transporte de mercancías). Y se incorpora una nueva señal, la V-24, de grúa de servicio de auxilio en carretera.

M ATRÍCULAS. 
Se introduce una placa de matrícula más reducida para las motos de trial y enduro. Se crea una matrícula especial para cuadriciclos ligeros y ciclomotores de tres ruedas y una placa más larga para vehículos especiales. También se permite a los vehículos de transporte de mercancías que utilicen reflectantes en el contorno para mejorar su visibilidad.

El Reglamento recoge además un aumento del peso máximo autorizado de los autobuses interurbanos, eleva la altura permitida a los urbanos y regula los diferentes servicios a los que se destina cada vehículo. Todas estas medidas están reguladas en la Orden PRE/52/2010 publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 23 de enero.

FUENTE:  REVISTA TRÁFICO.

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