Teniendo en cuenta la necesaria implicación de los recursos existentes en el medio cuando es necesaria una intervención de apoyo al menor y a la familia, los recursos que pueden ser utilizados son:
RED DE RECURSOS GENERALES:
Es el conjunto de recursos puestos a disposición de toda la población. A través de ellos se ofrece una atención normalizada, evitándose de este modo la estigmatización del menor o de la familia.
Se trata de intervenciones que se realizan a través de otras áreas, como son Educación, Salud, Cultura, Trabajo, etc., utilizando para ello los medios técnicos y materiales existentes, como pueden ser los comedores escolares, la educación compensatoria, los Equipos de Orientación Educativa (EOE), las bibliotecas, los campamentos y actividades de tiempo libre, los Centros de Salud, los planes de formación y promoción de empleo, etc.
Se intenta conseguir, de este modo, el mejor aprovechamiento de los recursos existentes y, en determinados casos, facilitar el acceso a esta Red de Recursos Generales a aquellos sectores de la población que se encuentran en situaciones desfavorecidas o de marginación.
SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS:
Los Servicios Sociales Comunitarios desarrollan intervenciones con menores y familias, a través de programas comunitarios o dirigidos especialmente a la familia e infancia, así como proyectos individualizados de intervención.
la actuación de los Servicios Sociales Comunitarios está dirigida a la prevención, detección y a la intervención. Tienen un carácter polivalente e integral que les capacita para actuar en aquellas situaciones que pueden ser objeto de atención a nivel comunitario, desarrollando, entre otras, las siguientes funciones:
- Elaboración de estrategias preventivas.
- Detección y recepción de denuncias de situaciones de riesgo.
- Estudios y análisis de dichas situaciones.
- Elaboración de un plan de intervención en el medio.
- Derivación, en su caso, a los Servicios de Atención al Niño cuando la gravedad del problema así lo requiera.
AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES:
Estas ayudas se consideran como un recurso complementario, y prestaciones básicas de los Servicios Sociales Comunitarios, que debe estar integrado en un proyecto de intervención familiar. Se realiza a través de los Servicios Sociales Comunitarios y se conceden a las familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar el internamiento del menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social.
Estas ayudas tienen como objetivo:
- La prevención, reducción o supresión de situaciones de riesgo social para los menores, derivadas de la carencia de recursos económicos.
- la reinserción sociolaboral de los menores mediante el retorno al hogar de origen, cuando la permanencia del menor fuera del mismo se debe, fundamentalmente, a la carencia de recursos económicos.
Para cubrir estos objetivos anualmente se firman convenios entre las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y las Corporaciones Locales, con objeto de articular las Ayudas Económicas Familiares.
AYUDAS A DOMICILIO:
Este servicio, considerado como una prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios, proporciona, mediante personal especializado, una serie de atenciones preventivas, asistenciales y rehabilitadoras, en orden a posibilitar la permanencia del menor en su medio habitual y mantener la estructura familiar evitando situaciones de desarraigo.
En cuanto a las actuaciones básicas que contempla la orden son las siguientes:
AYUDAS A DOMICILIO:
Este servicio, considerado como una prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios, proporciona, mediante personal especializado, una serie de atenciones preventivas, asistenciales y rehabilitadoras, en orden a posibilitar la permanencia del menor en su medio habitual y mantener la estructura familiar evitando situaciones de desarraigo.
En cuanto a las actuaciones básicas que contempla la orden son las siguientes:
- Actuaciones de carácter doméstico.
- Actuaciones de carácter personal.
- Actuaciones de carácter educativo.
- Actuaciones de carácter sociocomunitario.
- Ayudas técnicas y adaptativas del hogar.
(La Atención de la Infancia en Andalucía)
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