26/4/07

POLICIA MUNICIPAL DE MADRID

Será el primer cuerpo de seguridad local de España que podrá desarrollar estas funciones

La Policía Municipal actuará como Policía Judicial en los delitos menos graves

  • La decisión se ha tomado en la Comisión Regional de Coordinación de Policía Judicial, encabezada por el presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, y se ha plasmado en la firma de un Protocolo de Actuación
  • El acuerdo establece que la Policía Municipal actuará como Policía Judicial, bajo el mandato de Jueces y Ministerio Fiscal, en la investigación de elementos probatorios y en la identificación y puesta a disposición de la Justicia de los presuntos delincuentes
  • Al contrario de lo que ocurría hasta ahora, en caso de practicarse alguna detención será la propia Policía Municipal de Madrid quien la realice y gestione hasta que entre en competencia el juez

La Policía Municipal de Madrid podrá actuar como Policía Judicial en los delitos menos graves, como hurtos, faltas o violaciones de la Ley de Propiedad Intelectual. La decisión se ha tomado en la Comisión Regional de Coordinación de Policía Judicial, encabezada por el presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, y se ha plasmado en la firma de un Protocolo de Actuación. El acuerdo convierte a este cuerpo de seguridad local en el primero de España que podrá desarrollar estas funciones.

El Protocolo de Actuación establece que la Policía Municipal actuará como Policía Judicial, bajo el mandato de Jueces y Ministerio Fiscal, en la investigación de elementos probatorios y en la identificación y puesta a disposición de la Justicia de los presuntos responsables del delito.

También participará en la recepción de denuncias y en la investigación de faltas o delitos menos graves, complementando así la función de auxiliar de la justicia que ya venía realizando con la instrucción de atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano, la investigación en casos de siniestralidad laboral y las diligencias de prevención.

Las nuevas funciones se aplicarán en faltas penales, hurtos, lesiones que no requieran hospitalización, órdenes de alejamiento en violencia de género, delitos contra las relaciones familiares, quebrantamiento de condenas, alteraciones de documentos en materia de tráfico y seguridad vial, y delitos por robo y hurto de vehículos de motor.

También se ocuparán de los delitos contra el patrimonio histórico municipal, de las defraudaciones de fluido eléctrico, infracciones de la seguridad del tráfico y omisión del deber de socorro, amenazas y coacciones, daños en el mobiliario urbano, violaciones de la Ley de Propiedad Intelectual, delitos contra los derechos referidos a seguridad e higiene en el trabajo y los cometidos en contra del medio ambiente, los consumidores y los usuarios.

Al contrario de lo que ocurría hasta ahora, en caso de practicarse alguna detención será la propia Policía Municipal de Madrid quien la realice y gestione hasta la puesta a disposición judicial.

Las nuevas funciones van a permitir a la policía de la Ciudad de Madrid atender los delitos menos graves y los pequeños problemas del día a día que son los que se producen con mayor frecuencia y crean más sensación de inseguridad.

FUENTE: www.munimadrid.es

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